El Estado mexicano se encuentra integrado por tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal y en la Carta Magna de nuestro país se establecen las funciones y atribuciones de cada orden.
El acelerado crecimiento poblacional ha empujado al Estado a cumplir con más tareas a través de la administración pública, por ende la intervención de Estado ha incrementado en nuestro país.
Como mencionamos con anterioridad, cada estado y municipio tiene definidas sus funciones en términos de su Constitución Política local, la regulación, integración, organización y funcionamiento.
En el artículo 115 de la Constitución Mexicana se expresa que:¨ Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre, conforme a las siguientes bases: I. Cada municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado. II. Los Municipios estarán dotados de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley. III. Los Municipios, con el concurso de los Estados cuando así fuere necesario y lo determinen las leyes, tendrán a su cargo los siguientes servicios públicos:
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Agua potable
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Alumbrado público
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Limpia
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Mercados y centrales de abasto
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Panteones
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Rastro
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Calles, parques y jardines
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Seguridad pública y tránsito, e
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Los demás que las legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los municipios, así como de su capacidad administrativa y financiera ¨.
¿Qué gestiona el municipio?
De acuerdo con sus atribuciones, el municipio tiene que gestionar la celebración de acuerdos o convenios con el Gobierno Federal, con el Gobierno del Estado y en su caso con otros municipios, a su vez debe planear y ejecutar acciones y programas en beneficio de su comunidad.
instrumentos que le corresponde al municipio gestionar:
▪ Plan Municipal de Desarrollo (PMD).
▪ El presupuesto municipal.
▪ Las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
Atribuciones del presidente municipal:
▪ Representar judicial y extrajudicialmente al municipio;
▪ Proponer al concejo la organización interna del municipio; ▪ Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia;
▪ Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado;
▪ Administrar los bienes municipales de uso público;
▪ Delegar el ejercicio de sus atribuciones exclusivas a funcionarios de sus dependencias o en los delegados que designe;
▪ Aprobar el Plan Municipal de Desarrollo, asimismo los presupuestos de salud y educación, los programas de inversión.
▪ Diseñar la infraestructura para la movilidad.
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